Estadística de Divorcios (ED)

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Presentación Estadística de Divorcios (ED)

La Estadística de Divorcios presenta la disolución del vínculo matrimonial que bajo este concepto se realiza; las condiciones y causas que proceden para llevarse a cabo difieren de acuerdo a la legislación de cada entidad federativa.

El establecimiento del divorcio como fórmula legal para disolver el matrimonio se remonta al año de 1917; sin embargo, la generación sistemática de la estadística de divorcios comenzó en 1926. Desde su inicio y hasta mediados de la década de los ochenta, el proceso de generación de la estadística no sufrió cambios considerables, ya que las fuentes informantes llenaban formatos colectivos en los que reportaban los divorcios que tramitaban mensualmente; el tratamiento manual y la emisión de resultados se realizaban centralmente en la Dirección General de Estadística (DGE).

A partir de 1985 cambió este método, desconcentrando el tratamiento manual y la captura de la información a las Direcciones Regionales del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) y los formatos colectivos fueron sustituidos por cuadernos en los que las fuentes transcribían (y lo siguen haciendo para captar los divorcios judiciales) la información en formatos individuales. Cabe mencionar que en la mayoría de los estados, los divorcios administrativos se tramitan en el Registro Civil y los divorcios judiciales en los Juzgados de lo Familiar, Civiles y Mixtos. El INEGI ha solicitado que el Registro Civil le entregue una copia de las actas de divorcio que tramita.

Generar estadísticas sobre los divorcios que contribuyan a caracterizar el fenómeno de la nupcialidad en el país.

Anual.

Cobertura temática
El concepto de divorcio, definido en los Códigos Civiles de cada entidad federativa y apegados a las recomendaciones de la Organización de las Naciones Unidas (ONU).
 
En la estadística se captan las variables siguientes:
 
  • Del divorcio:
    • Lugar geográfico de registro del matrimonio y del divorcio.
    • Fecha de registro del matrimonio.
    • Fecha de presentación de la demanda.
    • Fecha de sentencia (a partir de 2015).
    • Fecha en que causó ejecutoria la sentencia.
    • Duración social y legal del matrimonio.
    • Número de hijos en el matrimonio.
    • Número de hijos menores de edad.
    • Persona a quien se le asigna la custodia de los hijos.
    • Número de hijos en custodia.
    • Número de hijos a quienes se les asigna la pensión alimenticia.
    • Patria potestad y pensión alimenticia.
    • Número de hijos en patria potestad.
    • Tipo de divorcio.
    • Tipo de trámite.
    • Tipo de divorciante.
    • Causa del divorcio.
    • Persona que demanda.
    • En favor de quién se resuelve.
 
  • De los divorciados (primero y segundo)
    • Sexo.
    • Edad al divorcio.
    • Edad al matrimonio.
    • Nivel de escolaridad.
    • Condición de actividad económica.
    • Posición en el trabajo.
    • Tipo de actividad no económica.
    • Lugar geográfico de residencia habitual.
    • Nacionalidad.
    • Año de nacimiento.
    • Estado civil anterior al matrimonio.
 
Clasificador utilizado
  • Catálogo Único de Claves de Áreas Geoestadísticas Estatales, Municipales y Localidades.
 
Recomendaciones internacionales
Se siguen los lineamientos del Programa Internacional para Acelerar el Mejoramiento de los Sistemas del Registro Civil y Estadísticas Vitales, de la ONU, así como los del Manual de Sistemas y Métodos de Estadísticas Vitales, del mismo organismo.

De 1926 en adelante (se maneja el año calendario).

Se captan los divorcios ejecutoriados (sentenciados) en el Registro Civil y en los Juzgados de lo Familiar, Civiles y Mixtos.

  • Entidad federativa, municipio y localidad.
  • Hasta el año 2001, la información del estado de Oaxaca solo presenta desglose por distrito.

Formato de captación
  • Cuaderno de divorcios judiciales.
  • Acta de divorcio administrativo o archivo en medios magnéticos.
 
Unidad de observación
Divorcios ejecutoriados (sentenciados).

Institución que capta el registro
  • Registro Civil.
  • Juzgado de lo Familiar.
  • Juzgado de lo Civil.
  • Juzgado Mixto.
Publicación reciente: 27 de septiembre de 2024
Próxima publicación: 29 de septiembre de 2025

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