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La pregunta permite identificar a las personas que tienen derecho a servicios médicos en instituciones de salud públicas y/o privadas, así como a los que no son derechohabientes de estos servicios.
La derechohabiencia a servicio médico es el derecho que tiene la persona a recibir atención médica en instituciones de salud públicas o privadas:
Como resultado de una prestación laboral al trabajador, cuando la empresa, la fábrica o la institución donde trabaja, paga a un organismo de salud pública o privada, para que el trabajador y sus familiares reciban el servicio médico.
Por ser pensionada o jubilada, así como sus familiares que reciben ese beneficio.
Por estar inscrita en el seguro popular de la Secretaría de Salud.
Por pagar una cuota de manera voluntaria o haber adquirido un seguro para acceder a los servicios médicos en alguna institución.
Son las personas inscritas en el Seguro Popular que reciben los servicios médicos que brinda la Secretaría de Salud (SSA).
No debe confundirse con la atención ocasional o regular que solicitan las personas en los centros de salud u hospitales de la SSA, ya que éstos no son derechohabientes.
Una persona puede tener derecho a servicio médico en más de una institución, por lo que es importante que leas todas las opciones, aun cuando en las primeras te hayan respondido afirmativamente.
Cuando una persona esté realizando los trámites para recibir atención médica, considera que ya tiene el derecho.
Toma en cuenta lo siguiente:
Al registrar el nombre de otra institución, no utilices artículos ni preposiciones (el, la, los, un, una, de, por, para, del, etc.). Si el nombre de la institución que te declaran tiene muchas palabras, utiliza las siguientes abreviaturas: para hospital (H), clínica (CL), centro de salud (CS) y para unidad médica (UM).
Texto de la publicación de la pregunta
MARQUE UNO O MÁS CÍRCULOS
ANOTE EL NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN