var_qstn_ivuinstr
Alumbrado Público. Luminarias que generalmente colocan las autoridades o alguna organización comunitaria en las vialidades con el fin de proporcionar visibilidad nocturna a los transeúntes. Identifica si en la orilla de la vialidad hay una o más luminarias y pulsa en la respuesta afirmativa.
También considera que hay alumbrado público si las lámparas están ubicadas en el camellón o en la orilla opuesta de la vialidad que estás recorriendo.
El camellón es un elemento limitado por guarniciones que separa la vialidad, que puede estar cubierto con vegetación y que divide las vías de circulación.
Considera lo siguiente:
·Si hay alumbrado público aunque el soporte, la luminaria o la lámpara estén deteriorados o fallen elementos.
·Las luminarias empotradas en el piso o en bolardos se consideran como alumbrado público, si las puso alguna autoridad.
·Las luces que iluminan los templos y edificios históricos no se consideran como alumbrado público, a menos que estén sobre la vialidad que está recorriendo, en este caso, se contesta afirmativamente.
·Las lámparas de iluminación doméstica que colocan lagunas personas en el exterior de su vivienda no se consideran como alumbrado público, aunque no haya otro tipo de iluminación en la vialidad.
Texto de la publicación de la pregunta
No disponible.