Definición
Son los pagos que realizó la unidad minera para retribuir el trabajo ordinario y extraordinario del personal dependiente de la razón social en su rama de técnicos de producción, antes de cualquier deducción retenida por los empleadores (impuestos sobre la renta o sobre el producto del trabajo), las aportaciones de los trabajadores a los regímenes de seguridad social (IMSS, ISSSTE, INFONAVIT) y las cuotas sindicales.
Incluye: Aguinaldos; comisiones sobre ventas que complementan el sueldo base; primas vacacionales; bonificaciones; incentivos y bonos de productividad.
Excluye: Los gastos en pasajes y viáticos, alimentación y en general los gastos reembolsables al trabajador; los pagos al personal que no depende de la unidad minera y que cobra exclusivamente a base de honorarios, comisiones o igualas; y los pagos que la unidad minera realiza a otra razón social por concepto de suministro de personal.
Universo
Son unidades mineras, que bajo un solo propietario o control, realizan por cuenta propia o ajena, al menos una de las siguientes actividades: extracción, beneficio, fundición y afinación, y que cuentan con la autorización de la Secretaría de Economía (SE), para la explotación de metales y minerales concesibles.
Source of information
Es la persona designada por parte de la empresa para proporcionar la información de la unidad minera. Puede ser el apoderado legal, el administrador, el contador, el ingeniero de mina o planta, entre otros.