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PERSONAL DEPENDIENTE DE LA RAZÓN SOCIAL
Comprende al personal contratado directamente por esta razón social; de planta, eventual y no remunerado que trabajó para el establecimiento o empresa sujeto a su dirección y control, cubriendo como mínimo una tercera parte de la jornada laboral del mismo. Incluye: al personal que trabajó fuera del establecimiento o empresa bajo su control laboral y legal; trabajadores en huelga; personas con licencia por enfermedad, vacaciones o permiso temporal; propietarios, socios, familiares, y trabajadores a destajo. Excluye: pensionados y jubilados.
Para el cálculo del promedio del personal ocupado se sumará el personal de cada semana y se dividirá entre el número de semanas que laboró el establecimiento o empresa.
Contexto de la pregunta
Indique el número promedio de personas que dependieron de esta razón social y las horas que trabajaron en este establecimiento o empresa durante el mes de referencia. Tratándose de sindicatos, asociaciones, federaciones, coaliciones, etc., no considere a los afliados o agremiados que no trabajaron en este establecimiento o empresa.
Texto de la publicación de la pregunta
Si tuvo personal remunerado, no olvide anotar en la variable J122 el monto de los sueldos pagados al personal remunerado.