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* Se considera que disponen de estos bienes cuando alguna o varias de las personas que residen en la vivienda son propietarias de ellos, por tanto, si te informan que algún bien pertenece a la empresa o institución donde labora alguno de los integrantes del hogar, considera que no lo tienen. En cambio, si te comentan que el bien o equipo se los prestó o fue adquirido por un conocido o un familiar que no es integrante del hogar, registra el código 1 (Sí), no importando quien sea el dueño. En el caso de que algún integrante del hogar lo haya adquirido, pero lo utiliza en un vivienda distinta, la respuesta será la opción 2 (No).
* Cuando en otro hogar de la misma vivienda compartan el uso de electrodomésticos, se deberá registrar que dispone de equipo.
* Cuando uno de los bienes incluye otras opciones de respuesta se considera sólo el producto y no los servicios, aplicaciones o funciones que contiene; por ejemplo, si un celular cuenta con radio, internet y televisión sólo se registra el teléfono celular. Por tanto, si la respuesta es que se tiene este servicio en un teléfono celular, no se debe considerar que lo tienen.
* Si el informante menciona que el servicio está suspendido (o interrumpido), pero se tiene la intención de volver a conectar, considera que sí cuenta con él. En caso de que mencione que es un vecino quien le proporciona la contraseña o hay una señal libre, no se considera que tiene el servicio porque no lo tienen contratado.
* El servicio de internet puede tenerse en cualquiera de estas modalidades: línea telefónica, tarjeta prepagada o telecable.
* Cuando los aparatos están descompuestos, se considera que sí los tienen cuando existe la intención de arreglarlos.
* Cuando el informante indica que están próximos a tener algún equipo o servicio, se considera que No cuenta con él, ya que la pregunta se refiere a la "disponibilidad al momento de la entrevista" o la "posibilidad de ser reparado o restablecido".