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AUTO DE TÉRMINO CONSTITUCIONAL
Se verificará que el AUTO DE TÉRMINO CONSTITUCIONAL Dictado esté marcado.
Remítase al espacio de OBSERVACIONES y verifique, si ahí se presenta la información, anótela donde corresponda o reconsulte al informante.Si hay más de un tipo de Auto marcado:
Ante ausencia de observaciones, reconsulte al informante. Si los Autos aplican a distintos delitos,
modifique los datos en el cuadernillo y anote en OBSERVACIONES la fecha y causa de la corrección.
Cuando los Autos fueron dictados en distinta fecha y se trata de una Apelación o Juicio de Amparo,
valide sólo el correspondiente al dictado en primera instancia.
Ante Autos dictados en primera instancia y uno de ellos invalida los anteriores, valide dicho Auto y
asegure su correspondencia con el mes en que se dictó y el mes de registro
Auto de término constitucional es una variable obligatoria por lo que no podrá utilizar códigos para no especifiado.