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No se consideran los automóviles o camionetas particulares que ocasionalmente pueden trasladar pasajeros mediante un pago.
Si para ir a la cabecera municipal los residentes de la localidad transbordan porque el transporte que sale de ahí no llega hasta la cabecera, registra únicamente el o los que se toman en la localidad o el que pasa a menos de 500 metros de ella.
Es posible que en una localidad haya sólo transporte público que dé servicio para ir a otras localidades, pero que ninguno de ellos se utilice para ir a la cabecera municipal. En este caso, cuando en todas las opciones obtienes No como respuesta, confirma si realmente tienen transporte público y pasa al siguiente tema.
Si en la localidad existe un medio de transporte diferente al mencionado, indaga si va a la cabecera municipal; de ser así, también averigua cuál medio es, la frecuencia de salidas y el tiempo de traslado, para que lo registres en Observaciones.
En caso de que no vaya a la cabecera, entonces sólo señala también en Observaciones el tipo de transporte y comenta que no va a la cabecera.
Texto de la publicación de la pregunta
En su versión impresa dice:
TODAS LAS RESPUESTAS SON NEGATIVAS:
• LOCALIDAD CON MENOS DE 20 VIVIENDAS, PASA A 25
• LOCALIDAD CON 20 O MÁS VIVIENDAS, PASA A 6