Definición
3C1b Emisiones de gases de efecto invernadero por quema de biomasa en tierras de cultivo
En esta categoría se contabilizan las emisiones de metano y óxido nitroso procedentes de esta práctica y de las quemas pre-cosecha en el cultivo de la caña de azúcar.
El procedimiento seguido para la estimación de gases de efecto invernadero por esta actividad se detalla en las Directrices del IPCC 2006, Vol. 4, Cap. 2, Sección 2.4.
Se eligió el método de Nivel 1 (Figura 2.6) para estimar las emisiones de GEI mediante la Ecuación 2.27.
Los datos de actividad clave para esta categoría son las superficies quemadas y la cantidad de biomasa disponible para la combustión (IPCC, 2006)
Como fuente de información se emplearon los datos publicados anualmente por el Servicio de Información Agroalimentaria y Pesquera (SIAP) de la SAGARPA.
Los cultivos incluidos en esta categoría son: cereales, oleaginosas, leguminosas y caña de azúcar. El resto de los cultivos no se incluyeron en la estimación de la biomasa quemada bajo el supuesto de que sus residuos no están disponibles para la combustión.
El IPCC (2000) afirmó que: “…se estima que [...] se quema en los campos el 10% del total de los residuos agrícolas”. Con base en esta observación, complementada con el supuesto de que “al asumir una distribución equitativa del rendimiento, se puede considerar que el 10% de la superficie cosechada se quema” (FAO, 2017); se multiplicó la superficie cosechada (ha) reportada por SIAP, por el porcentaje indicado (10%) para cada uno de los cultivos seleccionados. Esta proporción de residuos agrícolas quemados, es consistente con lo reportado para México, donde “…85% del rastrojo de maíz [...] se utiliza para la alimentación de animales” (INIFAP, 2013).
La biomasa quemada (t MS) se determinó mediante el producto de la superficie quemada (ha), el rendimiento (t/ha) y el índice cultivo residuo (ICR) utilizado por Valdez-Vázquez, et al. (2010) para calcular la generación de residuos agrícolas en México.
Para el cultivo de la caña de azúcar, donde se practican quemas previas a la cosecha; se utilizó el ICR publicado por Ordóñez y Hernández (2006) y los valores (%) de “caña quemada” publicados en los informes anuales del Comité Nacional para el Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar (CONADESUCA).
Como factor de combustión (Cf) se aplicó la fracción de oxidación por defecto (90%) establecida en las Directrices del IPCC 2006.
Factores de emisión.
Para el cálculo de las emisiones de metano se emplearon los valores obtenidos por el estudio comisionado a la UAM-Azcapotzalco (UAM) para la determinación de factores de emisión de este GEI por quema de los cultivos de maíz (Cm), sorgo (Cs), trigo (Ct), cebada (Cc) y caña de azúcar (AzC). Para el resto de los cultivos incluidos se usó el factor de emisión por defecto de metano para residuos agrícolas, indicado en el Cuadro 2.5.
En las estimaciones de óxido nitroso se empleó el valor por defecto -incluido en el mismo cuadro- para todos los cultivos.