Pregunta literal
¿(NOMBRE) está afiliada(o) o tiene derecho a servicios médicos en:
el Seguro Social (IMSS)?
el ISSSTE?
el ISSSTE estatal?
PEMEX, Defensa o Marina?
el Seguro Popular o para una Nueva Generación (Siglo XXI) o Instituto de Salud para el Bienestar?
el IMSS-PROSPERA o IMSS-BIENESTAR?
un seguro privado?
otra institución?
Entonces, ¿no está afiliada(o) ni tiene derecho a servicios médicos?
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Lee la pregunta junto con todas sus opciones, escucha la respuesta y circula hasta dos códigos cuando te mencionen más de una institución. Por lo tanto, una vez que registres la primera opción continúa con la lectura de las opciones; puede que estén afiliados a una segunda institución.
Considera que una persona está afiliada o tiene derecho a servicio médico cuando:
• La empresa, fábrica o compañía para la que trabaja paga el servicio médico a una institución de salud pública o privada.
• Paga personalmente un seguro voluntario o cuenta con un seguro facultativo en el IMSS.
• Está pensionada o jubilada por alguna institución de seguridad social como IMSS, ISSSTE federal o estatal, PEMEX, Defensa o Marina.
• Es beneficiaria debido al trabajo o prestaciones de la persona titular del servicio médico.
• Está inscrita en alguno de los programas de gobierno como el Seguro Popular, el Seguro Médico para una Nueva Generación (Siglo XXI), el Instituto de Salud para el Bienestar, el IMSS-PROSPERA o IMSS-BIENESTAR.
• Adquirió por su cuenta un seguro médico privado.
• En el momento de la entrevista está realizando los trámites para recibir atención médica por parte de una institución de seguridad pública o privada.
Cuando a un(a) estudiante la institución educativa le proporciona el derecho a servicio médico, circula el código de la institución que le brinda este servicio.
Para cada una de las opciones de respuesta de esta pregunta, toma en cuenta los siguientes criterios:
• Seguro Social (IMSS). En esta opción registra a quienes trabajan en empresas o negocios del sector privado, así como a los familiares o beneficiarios de éstos; incluye a trabajadores agrícolas que declaren ser derechohabientes o estar afiliados al Seguro Social (IMSS).
Además, se puede ser derechohabiente o estar afiliado al Seguro Social (IMSS) por medio de un seguro voluntario o facultativo, adquirido por los propietarios de talleres, comercios e incluso de casas particulares para sus trabajadores domésticos. Asimismo, una persona puede conseguir un seguro voluntario cubriendo el importe del mismo.
• ISSSTE. Incluye en esta opción a empleados y empleadas de organismos e instituciones federales del sector público y del gobierno federal, tales como la Fiscalía General de la República (FGR), Policía Federal de Caminos, Secretaría de Salud, Secretaría de Educación Pública (SEP), etcétera.
• ISSSTE estatal. Cataloga aquí a quienes laboran en el sector público a nivel estatal o municipal y están afiliados a algún organismo de seguridad social como:
ISSSSPEA, ISSSTESON, ISSSTEZAC, ISSSTECH ISSEMyM, etcétera.
• PEMEX, Defensa o Marina. Clasifica en esta opción a empleados y empleadas de Petróleos Mexicanos (PEMEX), de las fuerzas armadas de la Secretaría de la Defensa Nacional o la Secretaría de Marina que son derechohabientes al servicio médico proporcionado en clínicas u hospitales pertenecientes a estas instituciones.
• Seguro Popular o para una Nueva Generación (Siglo XXI) o Instituto de Salud para el Bienestar. Programa que presta servicios de salud médico quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios a las personas que no cuentan con empleo o trabajan por cuenta propia. Forma parte del Sistema de Protección Social en Salud implementado por el gobierno federal. Incluye además al Seguro Médico para una Nueva Generación, que está dirigido para infantes nacidos a partir del 1 de diciembre de 2006 que no están afiliados a alguna institución de seguridad social; desde el 28 de febrero de 2013 se denomina Seguro Médico Siglo XXI.
• IMSS-PROSPERA o IMSS-BIENESTAR. Es un programa que otorga servicios médicos a la población más vulnerable del país que no cuenta con seguridad social y vive en zonas rurales o urbanas marginadas. Cabe señalar que el programa IMSS-PROSPERA a partir del 12 de diciembre de 2018 se nombró como Programa IMSS-BIENESTAR.
• Un seguro privado. Registra en esta opción a las personas empleadas de empresas privadas o instituciones públicas que reciben atención médica como prestación laboral en hospitales, clínicas y consultorios médicos particulares, como es el caso de las(os) empleadas(os) bancarios y algunos de gobierno.
• Otra institución. Incorpora aquí a las personas que tengan derecho o estén afiliadas al servicio médico en una institución diferente a las que aparecen en las opciones de
respuesta, así como los casos en los que no puedas identificar la institución porque dicen únicamente el nombre de la clínica, hospital o unidad médica. Además, si es el caso, registra en esta opción a las personas que indiquen ser atendidas en los servicios médicos públicos otorgados por el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI), entre otras.
Es importante que, ante respuestas con el nombre de una clínica, un hospital o una unidad médica, indagues para identificar a cuál institución la persona tiene derecho a servicio médico; en caso de no identificarla, circula el código 8. Otra institución.
Entonces, ¿no está afiliado a servicios médicos?
Ubica en esta opción a las personas que:
• No tienen derecho o no están afiliadas al servicio médico en alguna institución de salud.
• Reciben servicio médico en instituciones de beneficencia como Cruz Roja, Cruz Verde, Cruz Ámbar o dispensario médico. • Sólo tienen derecho a servicio médico en los Estados Unidos de América o en cualquier otro país.
Texto de la publicación de la pregunta
Sin instrucciones posteriores a la pregunta.