Pregunta literal
¿(NOMBRE) tiene derecho a los servicios médicos:
del Seguro Social (IMSS)?
del ISSSTE?
del ISSSTE estatal?
de Pemex, Defensa o Marina?
del Seguro Popular o para una Nueva Generación?
de un seguro privado?
de otra institución?
Entonces, ¿no tiene derecho a servicios médicos?
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Una persona tiene derecho a servicio médico cuando:
• La empresa, fábrica o compañía para la que trabaja, paga el servicio médico a una institución de salud pública o privada.
• Paga personalmente un seguro voluntario o facultativo en el IMSS.
• Es pensionada o jubilada por alguna institución de seguridad social como: IMSS, ISSSTE; o de Pemex, Defensa o Marina.
• Está inscrita y paga una cuota en alguno de los programas de gobierno como Seguro Popular o Seguro Médico para una Nueva Generación.
• Cuenta con servicios médicos particulares o seguros de gastos médicos mayores de instituciones de salud privada, como es el caso de los empleados bancarios o algunos trabajadores de gobierno.
• Adquirió por su cuenta un seguro médico privado.
• Es beneficiaria por el trabajador o persona titular del derecho al servicio médico.
Toma en cuenta lo siguiente y circula:
• Código 2, si la respuesta es ISSSTE y se trata de trabajadores del gobierno federal.
• Código 3, si la declaración es de instituciones de seguridad social estatal como: ISSSET, ISSSEMyM, ISSSTEZAC, ISSSPEA o ISSSTESON, se circula en el ISSSTE estatal.
• Código 7, cuando el informante sabe que la persona sí tiene derecho a servicio médico, pero no puede identificar la institución de la que se trata.
Es importante que ante respuestas como: una clínica, un hospital o una unidad médica, indagues para identificar a cuál institución tiene la persona derecho a servicio médico.
Ejemplo:
Si el informante declara que la persona tiene derecho a servicio médico en una clínica, pregunta si se lo proporciona la fábrica o empresa donde trabaja, si es pagado por él o está inscrito en el Seguro Popular; y trata de ubicar su respuesta en el IMSS, ISSSTE, Pemex, Defensa, Marina u otra.
Considera que la persona tiene derecho a servicio médico si al momento de la entrevista está realizando trámites para recibir la atención médica en instituciones como el IMSS, ISSSTE, Pemex, Defensa, Marina u otra; circula el código de la opción que corresponde.
Si la persona es estudiante de alguna institución educativa que le proporciona el derecho a servicio médico, circula el código de la opción que corresponde.
Circula el código 8, para las personas que no tienen derecho a servicios médicos cuando:
• Reciban servicio médico en el IMSS Oportunidades (antes IMSS Solidaridad o IMSS Coplamar).
• Solicitan atención médica en centros de salud u hospitales de la SSA.
• Reciban atención médica en hospitales, clínicas particulares y al momento pagan el servicio; consultorios médicos particulares, Farmacias Similares, entre otros.
• Declaran recibir el servicio médico en instituciones como: SSA, DIF, Cruz Roja, Cruz Verde, Cruz Ámbar, dispensarios médicos u otras instituciones de beneficencia.
• Sólo tengan derecho a servicio médico en los Estados Unidos de América u otro país.
En esta pregunta puedes circular hasta dos opciones de respuesta; si el informante declara más, circula las dos primeras que declare el informante.
Texto de la publicación de la pregunta
No disponible.