La Red Nacional de Metadatos (RNM) es la herramienta implementada por el INEGI, como plataforma de difusión y consulta de los metadatos de los proyectos de información estadística básica; constituye un sistema de catalogación que permite a los usuarios realizar búsquedas y consultas generales sobre las operaciones estadísticas o específicas a nivel de variable de los proyectos estadísticos que han sido documentados de manera exhaustiva en la Iniciativa de Documentación de Datos (DDI, por sus siglas en inglés).
Valor | Categoría |
---|---|
1 | Prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima u ofendido (no incluye situaciones de violencia) |
2 | Limitación para asistir, acercarse al domicilio, al lugar donde se encuentre o frecuente la víctima u ofendido (no incluye situaciones de violencia) |
3 | Separación inmediata del domicilio |
4 | Entrega inmediata de objetos de uso personal y documentos de identidad de la víctima que tuviera en su posesión el probable responsable (no incluye situaciones de violencia) |
5 | La prohibición de realizar conductas de intimidación o molestia a la víctima u ofendido o a personas relacionadas con ellos |
6 | Vigilancia en el domicilio de la víctima u ofendido |
7 | Protección policial de la víctima u ofendido |
8 | Auxilio inmediato por integrantes de instituciones policiales al domicilio en donde se localice o se encuentre la víctima u ofendido en el momento de solicitarlo |
9 | Traslado y/o solicitud de proporcionar a la víctima y a sus descendientes refugio o albergue temporal |
10 | Reingreso de la víctima u ofendido y, en su caso, de sus descendientes a su domicilio, una vez que se salvaguarde su seguridad |
11 | Desocupación inmediata del domicilio conyugal o donde habite la víctima, independientemente de la acreditación de propiedad o posesión del inmueble, aun en caso de arrendamiento |
12 | Prohibición inmediata de acercarse al domicilio, lugar de trabajo, de estudios, o cualquier otro que frecuente la víctima u ofendido, y el de sus familiares en casos de situación de violencia |
13 | Suspensión temporal a la persona agresora del régimen de visitas y convivencia con sus descendientes |
14 | Prohibición a la persona agresora de intimidar o molestar por sí, por cualquier medio o interpósita persona, a la mujer en situación de violencia y, en su caso, a sus hijas e hijos u otras víctimas indirectas, testigos de los hechos o cualquier otra perso |
15 | Retención y guarda de armas de fuego propiedad del agresor o de alguna institución privada de seguridad (incluye punzocortantes y punzocontundentes) |
16 | Inventario de bienes muebles e inmuebles de la persona agresora para garantizar las obligaciones alimentarias |
17 | Ordenar a las empresas de plataformas digitales, de medios de comunicación, de redes sociales o de páginas electrónicas (personas físicas o morales), la interrupción, bloqueo, destrucción o eliminación de imágenes, audios o videos relacionados con la inve |
18 | Acceso al domicilio, lugar del trabajo u otro de la víctima para recuperar sus pertenencias personales y la de sus descendientes, acompañada de autoridades policíacas, ministeriales o de una persona de su confianza |
19 | Entrega inmediata de objetos de uso personal y documentos de identidad de la víctima en situación de violencia, y en su caso, a sus descendientes |
20 | Canalizar y trasladar a las mujeres o las niñas en situación de violencia sexual a las instituciones que integran el Sistema Nacional de Salud para que provean gratuitamente y de manera inmediata los servicios que correspondan |
21 | Brindar servicios reeducativos integrales especializados y gratuitos, con perspectiva de género al agresor en instituciones públicas debidamente acreditadas |
22 | Otro tipo de medidas de protección |
99 | No especificado |